El Programa Familias en Acción Fase IV es un programa de ayuda
social del Gobierno Nacional de Colombia, que busca apoyar a las familias más
vulnerables del país. Este programa se encuentra en plena transición hacia la
Renta Ciudadana, una iniciativa que pretende garantizar el acceso a una canasta
básica alimentaria a los hogares más necesitados.
Con el inicio de esta transición, se han implementado mejoras en
el proceso de pago de las transferencias a las familias beneficiarias del
Programa Familias en Acción Fase IV. Estas mejoras buscan garantizar la
efectividad del programa y asegurar que las familias reciban los recursos
necesarios para cubrir sus necesidades básicas.
El objetivo principal de esta transición hacia la Renta
Ciudadana es fortalecer la política de Hambre Cero en el país. Para ello, se
busca garantizar un ingreso suficiente a los hogares más necesitados, de manera
que puedan acceder a una canasta básica alimentaria y mejorar su calidad de
vida.
Además, la transición hacia la Renta Ciudadana pretende superar
el asistencialismo y promover la corresponsabilidad de los beneficiarios del
programa en la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. De
esta forma, se busca empoderar económicamente a las familias y fomentar la
movilidad social.
El Plan Nacional de Desarrollo “Colombia Potencia Mundial de la
Vida” tiene como objetivo construir un sistema de transferencias dirigido por
Prosperidad Social, que incluya tanto la Renta Ciudadana como una renta en
especie. La transferencia monetaria de la Renta Ciudadana consistirá en la
entrega de recursos a los hogares en situación de pobreza, pobreza extrema y
vulnerabilidad socioeconómica, para contribuir a la superación de la pobreza y
fomentar la movilidad social.
En conclusión, la transición hacia la Renta Ciudadana es un paso
importante en la lucha contra la pobreza y el hambre en Colombia. Este programa
busca garantizar un ingreso suficiente a las familias más necesitadas del país
y promover su empoderamiento económico. Gracias a la Renta Ciudadana, se espera
mejorar la calidad de vida de las familias beneficiarias del Programa Familias
en Acción Fase IV y contribuir a la construcción de un país más justo y
equitativo.
Así mismo, han comunicado que privilegiará a
madres cabeza de hogar con niños y niñas menores de 6 años.
Montos en los Pagos Fase IV:
Para definir los montos de la transferencia
a los hogares, la entidad tendrá en cuenta la clasificación dada por la
encuesta Sisbén IV, la conformación familiar, la población indígena, las
víctimas de desplazamiento forzado (inscritas con SISBEN IV) y la ubicación
territorial de las familias.
Componentes del programa Familias en Acción fase IV.
El programa Familias en Acción orientará sus
acciones a la formación de capital humano y fortalecimiento de competencias
ciudadanas y comunitarias de los hogares en situación de pobreza y pobreza
extrema, mediante dos componentes estructurales: 1) La entrega de transferencias
monetarias condicionadas, 2) bienestar comunitario
Requisitos para la liquidación
de las transferencias monetarias condicionadas.
Habrá lugar al reconocimiento y liquidación
las transferencias monetarias cuando se cumplan los siguientes requisitos:
a. Que la familia se
encuentre en estado activo, que cumpla con las condiciones de permanencia
señaladas en el artículo 23.
b. Se verifique el
cumplimiento de las condicionalidades descritas en el artículo 12 de la
presente resolución.
c. Que la familia
cuente con una persona titular asignada con capacidad jurídica de ejercicio.
Población focalizada mediante SISBÉN
IV:
Para la población focalizada mediante SISBÉN
IV, la liquidación se efectúa de acuerdo con el grupo, nivel y municipio al
cual pertenezca en la fecha actualizada para el ciclo operativo registrado en
SIFA.
Las familias identificadas como víctimas de
desplazamiento forzado a través del Registro Único de Víctimas -RUV, y
clasificadas entre el grupo A01 a B04 del SISBÉN IV con información actualizada
en el ciclo operativo, se le liquidará el monto máximo del municipio en el cual
se encuentre registrada en SIFA.
Las familias registradas en el SIFA como
población indígena, se le liquidará el monto máximo del municipio en el cual se
encuentra registrada.
El listado de municipios categorizados por
prioridad en el presente artículo se establece en el anexo 1 de la presente
resolución y están basados en las prevalencias de desnutrición según el mapa de
hambre, el índice de pobreza multidimensional y los municipios que hacen parte
de los programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET).
Periodicidad y entrega de las
transferencias monetarias:
La dispersión de los recursos del programa y
el pago final a la persona titular de la familia se realizará de manera
bimestral, para lo cual el programa podrá utilizar alguno de los siguientes
mecanismos:
a. Depósitos en
productos bancarios o financieros: consiste en depósitos o transferencias en
productos financieros activos mediante entidades vigiladas por la
Superintendencia Financiera de Colombia, seleccionados y contratados por
Prosperidad Social para la dispersión de los recursos.
b. Giros postales y/o
bancarios: entregas directas en efectivo a los hogares beneficiarios del
programa, a través de operadores de giros postales y/o giros bancarios
autorizados y vigilados por la autoridad competente, seleccionados y
contratados por Prosperidad Social para la dispersión de los recursos.
El mecanismo de dispersión de cada familia
será aquel que se encuentre registrado en el SIFA como resultado del proceso
adelantado por Prosperidad Social para la selección de la(s) entidad(es)
encargada(s) de hacer la entrega de los recursos a los participantes.
Las familias cuyo documento de identidad de
la persona titular sea cédula de extranjería la transferencia monetaria se
realizará únicamente mediante la modalidad de giro.
Luego de expedido el acto administrativo de
liquidación y previo al pago efectivo de la transferencia monetaria, el
programa podrá aplicar órdenes de no pago producto de la verificación de
supervivencia de algún integrante de la familia de acuerdo con la información
reportada por la Registraduría Nacional del Estado Civil y/o el Ministerio de
Salud y Prosperidad Social.
Verificación de Cumplimientos:
La verificación se efectuará mediante
mecanismos que permitan identificar el cumplimiento de los criterios
operativos.
Si el programa Familias en Acción identifica
el incumplimiento de algún criterio operativo de permanencia ordenará la
suspensión preventiva en el programa.
Verificación de cumplimiento de
condicionalidades.
En cada ciclo operativo, previo a la
liquidación y pago de las transferencias monetarias se verificará el
cumplimiento de los compromisos de corresponsabilidad en salud y educación
señalados en el artículo 12 con base en la información reportada por las instituciones
prestadoras de salud (IPS) y los establecimientos educativos en todo el
territorio nacional.
Verificación de condiciones de
permanencia y salida.
En cada ciclo operativo, previo a la
liquidación y pago de las transferencias monetarias, se verificará la
coherencia y veracidad de la información de las familias registradas en el
SIFA, con base en las fuentes de información disponibles al momento de la
verificación.
Las actuaciones para adelantar la suspensión
de familias en el programa se tramitarán conforme al procedimiento
administrativo general establecido en el Código de Procedimiento Administrativo
y Contencioso Administrativo (CPACA).
Paralelamente, el programa realizará
acciones de búsqueda y acompañamiento a las familias para promover y facilitar
la subsanación de la(s) causal(es) que originaron la decisión administrativa de
suspensión.
Liquidación:
Como resultado de la aplicación de los
procesos de actualización de la información de la clasificación del SISBÉN IV,
novedades, verificación de cumplimiento de condicionalidades y verificación de
condiciones de permanencia y salida que trata el presente capitulo, se
procederá a la liquidación y orden de pago de la transferencia monetaria
condicionada, mediante acto administrativo motivado en el cual determinará el
listado de familias que cumplan con los requisitos señalados en el artículo 20
y el monto a pagar de acuerdo con lo señalado en el artículo 21 de la presente
resolución.
Monto de las transferencias
monetarias condicionadas.
El valor de las transferencias monetarias
del programa Familias en Acción se liquidará bimestralmente de acuerdo con las
siguientes variables territoriales y poblacionales:
Monto condicionalidad de salud:
El monto por familia contemplado para la
condicionalidad de salud se liquidará siempre y cuando todos los niños y niñas
menores de 6 años cumplan con las condicionalidades establecidas en el artículo
12.
Monto condicionalidad de
educación:
El monto relacionado con la condicionalidad
de educación se liquidará por cada niño, niña, adolescente y/o joven que cumpla
con las condicionalidades establecidas en el artículo 12, para máximo 3
integrantes y adicional(es) siempre que tenga marca de discapacidad en el SIFA,
de acuerdo con los registros administrativos oficiales.
Tabla de Valores:
A partir del marco de política, la fase IV
del programa Familias en Acción incorpora acciones diferenciales territoriales
para hacer frente al aumento de la pobreza e inseguridad alimentaria en
Colombia.
Para identificar los municipios con una
atención reforzada a través de un aumento del monto se tuvo en cuenta los
siguientes insumos:
- Prevalencia
de desnutrición infantil. ICBF: municipios que registran niños y niñas que
en sus primeros 1.000 días de vida presentan desnutrición crónica.
- Mapa
de pobreza multidimensional censal 2018. DANE: municipios con alta
incidencia de pobreza multidimensional.
- Municipios
PDET: 171 municipios que fueron priorizados en los Programas de Desarrollo
con Enfoque Territorial por ser los territorios los más afectados por el
conflicto armado.
En ningún caso el monto total liquidado a la
familia podrá ser superior a UN MILLON DE .. PESOS M/CTE ($1.000.000) por ciclo
operativo, aunque la suma de los valores correspondientes al cumplimiento de
compromisos en salud y educación supere este monto, según la anterior tabla.
Listados Prioridad Muy Alta, grupos
A, B, desplazados, indígenas y grupo Umbral:
Listados de los municipios en que los
beneficiarios recibirán hasta 1 millón de pesos como tope máximo, ya que tienen
prevalencia muy alta de desnutrición infantil y alta incidencia de pobreza
multidimensional.
Así mismo, el grupo A, desplazados e
indigenas, en salud $1 millón y en Educación $320 mil.
Ahora, en el grupo B1 al B4, en salud $720
mil, y en educación $240 mil.
Por último, está el grupo “UMBRAL”, que
recibirán en salud $320 mil y educación $120 mil.
Grupo umbral: se define como el grupo
de familias focalizadas por SISBÉN IV, previamente inscritas al programa,
quienes están próximas a salir de la pobreza moderada o en situación de
vulnerabilidad económica y que, por lo tanto, requieren un apoyo moderado para
consolidar su proceso de inclusión productiva.
El grupo «umbral» se definirá en cada ciclo
operativo a partir de los cruces de información con las bases de datos de
SISBÉN IV. La familia debe estar clasificada en la metodología SISBÉN IV entre
los grupos B05 y C18.
Listados Prioridad Alta, grupos A, B,
desplazados, indígenas y grupo Umbral:
Así mismo, el grupo A, desplazados e
indígenas, en salud $720.000 y en Educación $240 mil.
Ahora, en el grupo B1 al B4, en salud $320
mil, y en educación $120 mil.
Por último, está el grupo “UMBRAL”, que
recibirán en salud $240 mil y educación $80 mil.
Grupo umbral: se define como el grupo
de familias focalizadas por SISBÉN
IV, previamente
inscritas al programa, quienes están próximas a salir de la pobreza moderada o
en situación de vulnerabilidad económica y que, por lo tanto, requieren un
apoyo moderado para consolidar su proceso de inclusión productiva.
El grupo «umbral» se definirá en cada ciclo operativo a partir de los cruces de información con las bases de datos de SISBÉN IV. La familia debe estar clasificada en la metodología SISBÉN IV entre los grupos B05 y C18.
Listados demás municipios, grupos A,
B, desplazados, indígenas y grupo Umbral:
Así mismo, el grupo A, desplazados e
indígenas, en salud $320 mil y en Educación $120 mil.
Ahora, en el grupo B1 al B4, en salud $240
mil, y en educación $80 mil.
Por
último, está el grupo “UMBRAL”, que recibirán en salud $160 mil y educación $60
mil.
El
grupo «umbral» se definirá en cada ciclo operativo a partir de los cruces de
información con las bases de datos de SISBÉN IV. La familia debe estar clasificada
en la metodología SISBÉN IV entre los grupos B05 y C18.
Grupo umbral: se
define como el grupo de familias focalizadas por SISBÉN IV, previamente
inscritas al programa, quienes están próximas a salir de la pobreza moderada o
en situación de vulnerabilidad económica y que, por lo tanto, requieren un
apoyo moderado para consolidar su proceso de inclusión productiva.
Pagos Fase IV:
Por otro lado, cuándo ya, el Gobierno
Nacional, creé las bases legales de la renta ciudadana, tienen pensado en
diversas corresponsabilidades, entre ellas trabajo comunitario etc, y dependerá
también de la ubicación territorial y así mismo de la capacidad humana de los
beneficiarios, buscando potencializar estas capacidades y acompañamiento para
que logre una autonomía.
Teniendo en cuenta esto, en abril comienza
la transición del programa de renta ciudadana que está dispuesto en el Plan de
Desarrollo y en el cual buscan dignificar ese sistema de transferencias,
realizando el primer pago y después se entregará cada dos meses.
Canales del DPS:
- Línea gratuita Nacional: 018000951100
2. Nueva línea de atención
Prosperidad Social Bogotá: 601 379 1088
3. Mensaje de texto: 85594
4. WhatsApp: 3188067329
5. Video llamada con Prosperidad Social:
Esta
es una opción para que usted puede hablar con un asesor cara a cara. Horario de atención es de lunes a
viernes de 08:00A.M A 06:00 P.M y sábados de 08:00 A.M A 1:00 P.M: https://webcontact-cls45-dal.i6.inconcertcc.com/inconcert/apps/webdesigner/FormularioContactoDPS?token=C9FE1C14080A401AA6D3E38B61D8A111
6. Servicio de devolución de llamadas
Prosperidad Social:
Esta
es una opción muy importante que ustedes necesitan conocer, pero esto sucede
una vez usted haya solicitado este servicio, por favor deben estar muy
pendientes.
Si
deseas que directamente nosotros te contactemos, registra tus datos a
continuación y te devolveremos la llamada en nuestro horario de atención de
lunes a viernes de 8:00 am a 6:00 pm y sábados de 8:00 am a 1:00 pm: https://nggly242.inconcertcc.com/DPSWebCallback/index.html
7. Asesor CHAT WEB de Prosperidad Social:
Nota: – Si tu solicitud requiere ser
transferida a uno de los asesores del DPS, su horario de atención es de lunes a
viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. Y sábados de 8:00am a 1:00pm
En
la página de Prosperidad Social, https://prosperidadsocial.gov.co/ en la parte inferior le sale el
icono de una muñequita, le dan clic, le va a pedir una serie de datos, tipo de
documento, el número identificación, apellidos, correo electrónico, nombre,
celular, número fijo, los datos personales, luego le das continuar.
8. Correo Oficial de Prosperidad Social:
Correo electrónico: servicioalciudadano@prosperidadsocial.gov.co
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