El director de Planeación Nacional dice que inicialmente les llegarán los cuatro giros y luego, mensualmente, recibirán el subsidio.









El subsidio del Estado, creado a la luz de la emergencia para apoyar a las personas vulnerables, conocido como ingreso solidario, llegará ahora a 43.000 personas de las fuerzas militares, entre soldados y axuliares de Policía que prestan su servicio militar obligatorio.



Así lo dio a conocer este martes el director de Planeación Nacional, Luis Alberto Rodríguez, quien destacó que los beneficiarios podrían acceder a cuatro pagos, según el ritmo que llega hasta ahora este programa, para luego seguir recibieno los giros, de 160.000 pesos mensuales, hasta junio de 2021, según el cronograma de la estrategia solidaria.
De acuerdo con lo expresado por Rodríguez, el subsidio se otorgará a partir de este primero de septiembre, luego de definir, junto con el ministro de defensa, Carlos Holmes Trujillo, los detalles necesarios para la aplicación de la medida.

Trujillo señaló que el auxilio es un reconocimiento, ya que “nuestros soldados y auxiliares de Policía contribuyeron significativamente a que durante estos meses la Fuerza Pública pudiera seguir cumpliendo su misión constitucional, pero al tiempo garantizara el cumplimiento de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional y los gobiernos locales con el objetivo de prevenir el covid-19. Fueron un apoyo inmenso para miles de colombianos, en todos los rincones del país, hasta donde llegaron con alimentos, insumos médicos y otras ayudas humanitarias gestionadas por diferentes autoridades”.
Entre tanto, el director de Planeación recordó los mecanismos de acceso a este beneficio. “Los soldados y auxiliares de Policía deben reunir los requisitos contemplados en el Decreto 518 de 2020".
El énfasis, para que las personas puedan ser beneficiarias del auxilio, es que no hagan parte de ninguno de los programas sociales que tiene vigente el Gobierno, como son Familias en Acción, Protección Social al Adulto Mayor–Colombia Mayor, Jóvenes en Acción. Tampoco pueden estar inscritos como beneficiarios de la compensación del impuesto sobre las ventas IVA y ser parte de la franja de población que se encuentra en situación de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad económica”.


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